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Página 1 de 4 EL TURISMO ESTUDIANTIL / LA MEDICINA PREPAGA
LOS QUE MEDRAN CON EL TURISMO ESTUDIANTIL El Viaje de Egresados, tanto del E.G.B. como del Polimodal, es uno de los momentos más importantes en la vida de un estudiante.
Por eso, estas explicaciones son para alertar a los Padres (que son los que pagan) y Alumnos; de las Empresas de Turismo Estudiantil Irresponsables y demasiado ávidas de ganancias, que reiteran sus artimañas a los pasajeros y los convierten en víctimas, especulando a costa de ellos ya que difícilmente los que se vean afectados apelarán a la lenta maquinaria de la justicia. En esa inacción suele residir la ventaja y capacidad de reincidencia de los que con ella, medran. PUNTOS A CONSIDERAR ANTES DE ELEGIR UNA EMPRESA DE TURISMO
1)Tiene que contar, al mes de abril del corriente año con las siguientes habilitaciones: - Secretaría de Turismo de la Nación
- Registro Público de Comercio
- A.F.I.P.: C.U.I.T. y C.U.I.L.
- Rentas Provinciales
- Municipal
2)Antecedentes Jurídicos, Comerciales e Impositivos de la Empresa. Porque podría haber empresas que tengan procesos judiciales por: falta de pago, incumplimiento de servicios o ser grandes deudores de impuestos. Consultar en Internet la página del B.C.R.A. (Banco Central de la República Argentina), que escribiendo el nombre de cualquier Persona Jurídica o Física, o el C.U.I.T., puede conocerse el total de su deuda Bancaria, el nombre de o los Bancos Acreedores y lo más importante: su calificación como Deudor. En la misma página, se puede acceder al listado de Cuentas de Personas Inhabilitadas. http://www.bcra.gov.ar. 3)Pedir referencias a Terceros: Padres, Pasajeros que viajaron, Profesores, etc.. 4)Antecedentes Jurídicos, Comerciales, Impositivos, y Policiales del personal de las empresas. Con respecto al Personal Jerárquico, para evitar encontrarse con posibles Dueños de Empresas o Gerentes que hayan pasado por diversas Empresas del Rubro, dejando una mala gestión o siendo los responsable de la caída de las mismas o para evitar posible Personas Inhabilitadas para ejercer el Comercio o con antecedentes por Estafa consultar la página citada en el punto dos. La ley 18.829 reglamentada por el Decreto Nro. 2182/72 establece: "No podrán desempeñarse como titulares, directores, o gerentes, responsables, de agencias de viajes las personas que se encontraran afectadas por algunos de los siguientes impedimentos: - Los condenados por delitos cometidos en la constitución, funcionamiento o liquidación de entidades.
- Los condenados por delitos cometidos con ánimo de lucro o contra la fe pública.
- Los condenados con la accesoria de inhabilitación para ejercer cargos públicos o el comercio.
- Los condenados por otros delitos comunes, excluídos los delitos culposos, con penas privativas de libertad o inhabilitación, mientras no haya transcurrido otro tiempo igual al doble de la condena.
- Los que se encuentren sometidos a prisión preventiva por los delitos enumerados en los incisos precedentes hasta su sobreseimiento.
- Los fallidos con quiebra fraudulenta o culpable.
- Los otros fallidos y los concursados hasta cinco años después de su rehabilitación.
- Los inhabilitados para el uso de cuentas corrientes bancarias y el libramiento de cheques hasta un año después de su rehabilitación.
Quienes por autoridad competente hayan sido declarados responsables de irregularidades en el gobierno o administración de entidades públicas o privadas. Vendedores y Coordinadores: Para evitar a posibles personas con Antecedentes Policiales y judiciales graves, lo que lo convertiría en un riesgo para estar en contacto con preadolescentes y adolescentes, es conveniente solicitarles el certificado de buena conducta. Asimismo verificar que los vendedores y promotores no estén incluidos en los incisos de la ley 18.829, Decreto 2182/72, detallados en el punto anterior. Ambos deben tener el contrato de trabajo respectivo.
Los Seguros de la Empresa:
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