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13 preguntas y 13 respuestas |
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Quién dijo que todo está perdido... ...Vos también podés ofrecer tu corazón manifestando tu voluntad de donar
- ¿Qué es el trasplante de órganos?
Es un tratamiento que el médico indica cuando toda otra alternativa se ha agotado para recuperar la salud del paciente. Se trata del reemplazo de un órgano vital o un tejido enfermo, sin posibilidad de recuperación, por otro sano. El trasplante solo es posible gracias a la voluntad de aquellos que solidariamente dan su consentimiento para la donación.
- ¿Toda persona fallecida puede ser donante?
Todos podemos ser donantes, llegado el momento los médicos intervinientes determinarán cuales son los órganos y tejidos que podrán ser utilizados para trasplante. Para poder donar órganos, el donante debe morir en un Hospital, porque solo así podrá mantenerse el cuerpo artificialmente desde el momento del fallecimiento hasta que se produzca la extracción. En el caso de las corneas, pueden extraerse en el domicilio o la sala velatoria, solo se requiere comunicarlo de inmediato al organismo de procuración regional.
- ¿Cuáles son los órganos que actualmente se trasplantan en nuestro país?
Los órganos que se trasplantan en Argentina son: riñones, hígado, corazón, pulmón, páncreas, intestino. Los tejidos son: corneas, piel, huesos, válvulas cardiacas. Se trasplantan también, células progenitoras hematopoyéticas (de médula ósea o sangre periférica) siempre proveniente de donante vivo.
- ¿Se pueden donar órganos en vida?
Solo en casos de extrema necesidad y ante la falta de donantes cadavéricos se plantea la posibilidad del donante vivo, debiendo existir un vinculo familiar de acuerdo a la legislación vigente (Ley 24.193). Esta alternativa se refiere únicamente al caso de riñón e hígado.
- ¿Hay excepciones a la ley en el caso de donante vivo relacionado?
Si, solo en el caso de trasplante de medula ósea. En este caso el donante siempre es un donante vivo y puede no ser familiar. La ley habilita a cualquier persona mayor de 18 años que desee ser dador sin las limitaciones de parentesco mencionadas con anterioridad.
- ¿Puede la familia informar directamente al organismo de procuración regional sobre la voluntad de donar los órganos de su ser querido fallecido?
Si, esta información es de gran importancia, sobre todo en el caso de trasplante de córneas que pueden extraerse a personas fallecidas en su domicilio hasta varias horas después del deceso.
- ¿Cómo y a quién se distribuyen los órganos?
Existe una lista de espera única para trasplante en todo el país, controlada y fiscalizada por el INCUCAI. La asignación de órganos y tejidos se hace exclusivamente en base a criterios médicos objetivos (compatibilidad entre donante y receptor, tiempo en lista de espera, estado de gravedad). Este sistema asegura la equidad en la distribución
- ¿El cuerpo de una persona fallecida se desfigura luego de la extracción de los órganos para trasplante?
No. Los órganos se extraen mediante un procedimiento quirúrgico que no altera el aspecto externo del cadáver.
- ¿Cuál es la posición de las diversas religiones en relación a la donación y el trasplante de órganos?
La mayoría de las religiones se han pronunciado a favor de la donación de órganos y tejidos como un acto de solidaridad con la comunidad.
- ¿Cómo se expresa la voluntad de donar los órganos?
Comunicándoselo a sus seres queridos, ellos garantizarán el cumplimiento de su voluntad. Además usted puede formalizar esta decisión firmando un Acta de Donación del INCUCAI, asentándolo en su DNI, telefónicamente en el 0800-555-4628 o a través de www.incucai.gov.ar.
- ¿Quién puede expresar la voluntad de donar los órganos?
Toda persona mayor de 18 años, puede expresar su voluntad de donar para después de la muerte.
- ¿Una vez firmada el acta de donación, se puede cambiar de opinión?
Si, como el acto de donar es libre y voluntario, usted puede revocar su decisión.
- ¿Cómo puedo obtener más información?
Llamando sin cargo al 0800-555-4628 (INCU) o al 4788-8300 (líneas rotativas). Responderemos sus dudas y preguntas telefónicamente. También puede escribirnos a relacionesinstitucionales@incucai.gov.ar o informarse en www.incucai.gov.ar
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