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Funciones de la Justicia Imprimir E-Mail

Administrar Justicia y Control de Constitucionalidad
Las funciones claves del Poder Judicial son, por un lado, administrar justicia aplicando la ley y, por otro, el control de constitucionalidad que asegura la supremacía de la Constitución Nacional.
 

 

FUNCIONES
Las funciones claves del Poder Judicial son, por un lado, administrar justicia aplicando la ley y, por otro, el control de constitucionalidad que asegura la supremacía de la Constitución Nacional.
 
La administración de Justicia
1. La administración de justicia se desarrolla a través de causas o procesos judiciales. Durante el transcurso de los mismos el órgano judicial (juez o tribunal) cumple una serie de actos procesales.
2. Todo pronunciamiento judicial que implica administrar justicia recae en una causa.
3. La forma de resolver esa causa es la sentencia.
 
Según la jurisprudencia de la Corte existe una serie de principios rectores de la administración de justicia:
· Los jueces son servidores del derecho para la realización de justicia.
· El ejercicio imparcial de la administración de justicia es un elemento indispensable de la defensa en juicio.
· La sentencia debe ser derivación razonada del orden jurídico vigente.
· Los jueces deben alcanzar en sus sentencias la solución objetivamente justa del caso. 

Control de Constitucionalidad
Los jueces pueden decidir no aplicar una norma si consideran que la misma está en contradicción con los principios constitucionales. Todos ellos, sin distinción de categorías o jurisdicciones - federales, nacionales de la Capital Federal o locales -, tienen capacidad para declarar la inconstitucionalidad, es decir, para descartar la aplicación de una norma en el caso concreto; dicha declaración no es obligatoria para otros casos. Debemos siempre recordar que las decisiones judiciales se refieren exclusivamente al caso que se les presenta.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene la ultima palabra en materia de inconstitucionalidad de las normas. Sin embargo, carece de facultades para derogar las normas así declaradas. Por ello quienes vean afectados sus derechos deben recurrir a la justicia y solicitar la declaración de inconstitucionalidad en cada caso.
 
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